II Convenio Colectivo ADIF y ADIF Alta Velocidad 2019/2023 | ¡NUEVO! Tablas salariales 2024 |
Descripción Tríptico explicativo de objetivos, líneas de actuación y estructura de la propuesta de UGT para el Desarrollo Profesional en ADIF
Descripción Documento presentado por UGT a la empresa y a las organizaciones sindicales para su debate.
¿Qué es el Desarrollo Profesional? El Desarrollo Profesional, igual que se hizo en RENFE, constituye un proyecto de futuro basado en un nuevo y compacto marco laboral orientado a garantizar el empleo y la viabilidad de la empresa. El nuevo modelo, basado en grupos y subgrupos profesionales, deberá dar respuesta a las necesidades en el ámbito laboral y reflejar la realidad empresarial.
Objetivo Adaptar y modernizar la diversa regulación existente a la realidad laboral y productiva de la empresa, fomentando la mejora de las condiciones laborales y económicas y promoviendo el empleo de calidad, la formación y la promoción profesional entre los trabajadores de ADIF.
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Esta mañana, hemos asistido a la reunión de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo pluriempresarial de ADIF y ADIF Alta Velocidad, donde se ha procedido a la firma de las tablas salariales correspondientes a 2023.
Dichas tablas, contemplan lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el presente años 2023, que establecen un incremento del 2,5%, cuya aplicación se realizará conforme a lo establecido por la Cláusula 4ª del vigente II Convenio Colectivo de ADIF y ADIF Alta Velocidad; es decir:
• Personal Operativo: Incremento del 2,5% a todos los conceptos salariales, salvo los complementos personales absorbibles, sobre los valores vigentes a 31 de diciembre de 2022, con efectos de 1 de enero de 2023.
• Mandos Intermedios, Cuadros y Estructura de apoyo: Incremento del 2,5% respecto de la masa salarial vigente individual, a 31 de diciembre de 2022. La distribución individual de este porcentaje se realizará tomando como referencia las retribuciones de cada persona trabajadora durante el año 2022 y se incorporará al fijo.
El incremento que, como hemos indicado, tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023, se hará efectivo en la próxima nómina del mes de febrero.
Adicionalmente y fruto del acuerdo alcanzado por los sindicatos UGT y CCOO con el Gobierno, se podrían aplicar nuevos incrementos durante 2023 si se dieran las siguientes premisas:
• Se aplicará un incremento retributivo adicional máximo de 0,5% de carácter consolidable, con efectos del 1 de enero de 2023 y se abonará en el mes de octubre 2023, en el caso de que la suma de la variación del IPCA del año 2022 y el IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 superara el incremento retributivo fijo acumulado del 2022 y 2023 (3,5% en el año 2022 y 2,5 % en el año 2023).
• Se aplicará una subida complementaria del 0,5%, si el incremento del PIB nominal fuera igual o superior al establecido en los Presupuesto Generales del Estado. Como en el caso anterior, tendrá un carácter consolidable y efectos desde el 1 de enero del 2023.
En definitiva, con la reunión de hoy se da cumplimiento a un punto más de los Acuerdos alcanzados en la Mesa de la Función Pública entre el Gobierno y los sindicatos de clase UGT y CCOO, que mejoran lo establecido en los Presupuestos Generales. No obstante, en UGT no olvidamos que el mencionado acuerdo recoge otros puntos pendientes de negociación como la aplicación de las 35 horas de jornada semanal o el desarrollo de las Mesas Sectoriales, que se han constituido promovidas por UGT y que permitirán corregir las actuales situaciones existentes en los diferentes colectivos.
Plan Anual de Formación 2022 (PAF) | Convenio Colectivo ADIF - ADIF Alta Velocidad |
Acceso al programa formativo '12 meses, 12 retos' | Plan de Igualdad ADIF |
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